JML Consultores Blog JML Think Tank-intravolucion Psicobloglogia Psicobloglogia: junio 2017

Social Icons

”twitter”

viernes, 9 de junio de 2017

Estado y Religión: Una visión crítica


1.    Introducción

     En este trabajo se pretende hacer una exposición de la evolución de la relación entre la Iglesia y el Estado. Si bien el título hace referencia a la religión en general, por motivos metodológicos y de espacio, se ha centralizado la atención en la Iglesia católica. Esto no sólo por la relevancia que ha tenido en la historia peruana, sino también por la trascendencia que ha tenido el pensamiento católico y la vida política de la Iglesia desde Roma hasta nuestros días.

     Es interesante la relación casi connatural que tiene la vida religiosa con la vida política. La palabra religión, deriva de religio, que significa religación, esto es, volver a ligarse a algo. Para volver a ligarse a algo, es necesario haber estado ligado a algo previamente (esto es evidente por el mismo significado literal). Entonces, la misma palabra religión hace referencia a la intrínseca relación de nuestra existencia con algo que la precede. Tomás de Aquino afirmaba que nuestro acto de ser es dependiente del Actus Essendi divino, y en esta medida sólo pasamos de la potencia de existir al acto de existir por medio de la creación ex nihilo. Ahora bien, este mismo autor, menciona que la persona para poder religarse, debe vivir del mejor modo posible, y esto sólo es posible por medio de vivir en sociedad, en una polis, adecuando su propio bien al bien común de dicha polis.

     Como se evidencia en el párrafo anterior, para el pensamiento tomista y de la vasta mayoría de autores cristianos, desde los Padres de la Iglesia, la vida religiosa de la persona está intrínsecamente ligada a la vida política, puesto que es en la polis donde la persona puede actualizarse con adecuación a su propio fin y naturaleza espiritual. Esto hace que el pensamiento cristiano sea en esencia político, lo cual, se hace patente hasta nuestros días con el desarrollo de la doctrina socialcristiana, que, por ejemplo, en el Perú, está representada en el Partido Popular Cristiano.

2.    Antecedentes históricos

2.1.Caída del Imperio Romano e Importancia de la Evangelización Bárbara

     La caída del Imperio romano de occidente trajo consigo un deterioro cultural de gran alcance. La corrupción de occidente, el desgobierno en el que había caído, las invasiones de los germanos -tanto pacíficas como violentas- tuvo como consecuencia una crisis cultural y un atraso a nivel intelectual. Propiamente, se puede hablar de la Edad Oscura entre los siglos VI y IX dc., y esto, porque, la crisis que se vivía impedía continuar con los avances en el Derecho, en la filosofía y ciencias que había tenido Roma.

     Gracias a los monasterios, la mayor parte del pensamiento romano se mantuvo, volviéndose en centros de evangelización de los reinos bárbaros, así como también, se constituyeron en los grandes difusores de la cultura de su tiempo. Es interesante ver esto evidenciado en la gran influencia que tuvo el desarrollo del derecho canónico en las leyes de estos reinos.

     Entrando ya el siglo VIII dc., con el Imperio Carolingio y sus escuelas palatinas, se ponen los cimientos para la fundación de las Universidades, que se vuelven en centros donde profesores y alumnos se dedican al estudio y a la investigación, teniendo como fin el bien común (Gilson, 1989). Para los autores cristianos, desde los Padres de la Iglesia hasta San Agustín, pensar en el ser humano, era pensar en su ser social. Esto, gracias a la gran influencia que tuvo en la Iglesia el pensamiento de los filósofos griegos, en especial del pensamiento neoplatónico de inicios de nuestra Era (un ejemplo, es la gran influencia que tuvo Plotino en San Agustín). Es así, que, de la mano de la filosofía, la otra rama de estudio que proliferaba, era el Derecho (o estudio de las leyes).

     Hasta aquí, es menester resaltar la importancia que tuvo la Iglesia en el desarrollo político, social e intelectual de la Europa de ese entonces. Es interesante ver que una institución como la Universidad, donde se cultivaba el pensamiento, sólo surgió en el mundo cristianizado, y no en otras partes, como en la Europa y África musulmana, donde, incluso tenían cierta “ventaja”, puesto que, tenían la mayoría de libros aristotélicos, a los cuales no tenían acceso los reinos de la Europa cristiana.

     Es a partir del siglo XII que se comparten estos libros y se traducen al latín, con lo cual surgen en la Alta Edad Media grandes pensadores como San Alberto Magno, Tomás de Aquino y San Buenaventura. Si bien se puede especular que es un azar que sea en la Europa cristiana que haya surgido la institución universitaria, teniendo en cuenta el principio de la primacía de la realidad, la verdad es que esta sólo surge en la cultura cristiana. Esto, en parte, se puede explicar por lo que dice Maritain en su Introducción a la Filosofía, donde afirma, que, si bien el pueblo elegido de Dios fueron los judíos, el de la razón fueron los griegos, y que los primeros cristianos, desde San Juan Apóstol, pasando por San Irineo y los Padres latinos y griegos hasta San Agustín, todos utilizaron los elementos desarrollados por la filosofía griega para pensar la relación de Dios con el mundo (es claro esto, por ejemplo, en el De Civitate Dei de San Agustín, o en la explicación que se da a partir del hypokeimenon y de la sustancia para explicar el misterio de la Trinidad).

2.2. Concepción tomista del Estado

     Con Santo Tomás de Aquino, se puede decir que el pensamiento de la Edad Media llega a su cúspide filosófica y política (Maritain, 1997). Este autor retoma a Aristóteles y lo actualiza a su propio entender, desarrollando su pensamiento y llegando a conclusiones que son útiles incluso para nuestros días. Esto lo podemos notar en la gran influencia que tiene hasta la actualidad el pensamiento tomista en la doctrina social de la Iglesia, en el pensamiento socialcristiano moderno (que es una de las grandes corrientes del pensamiento político occidental), y, sobretodo, por el realce que le da este santo a la importancia de la razón.

     A diferencia de los intelectuales de su época, que en su mayoría eran seguidores de San Agustín, este autor afirma que la luz natural de la razón es capaz de llegar por sí misma a la verdad. Sobre este punto, tuvo un gran debate con un santo de su época, San Buenaventura, quien afirmaba que la naturaleza humana había sido tan dañada por el pecado original, que no podía descubrir la verdad sin hacer uso de la fe sobrenatural. Esta postura franciscana mayoritaria es la que más tarde terminará por disociar de tal modo la fe y la razón, que llevó a la crisis del pensamiento cristiano con Ockam en la Baja Edad Media.

     Para Tomás de Aquino la persona humana es una entidad relacional que posee como rasgo especificante su inteligencia y voluntad. Ahora bien, para que el ser humano actualice estas potencias es necesario que haya una comunidad. En esto se adhiere a lo dicho por Aristóteles en el libro primero de su Política, donde afirma que la sociedad es ontológicamente anterior al individuo, en tanto que es en la sociedad donde puede desplegarse en cuanto persona. Desde el habla hasta la posibilidad de adquirir conceptos, son acciones que sólo podrán realizarse por el individuo, si este se relaciona con otros.

     El sentido, pues, que tiene para Tomás el zoon politikón aristotélico, es el de la esencia. Utilizando lenguaje aristotélico-tomista, es en el encuentro con el ser del otro que se actualiza la potencia del intelecto y de la voluntad. Es así, que para Tomás de Aquino -según Gilson (1989) y Cruz (2009)- el bien del hombre (que es la felicidad) sólo es alcanzable en sociedad. Llevando a sus extremos esta afirmación, afirma que el bien humano perfecto se da en la modalidad del bien común, que lo define como la búsqueda del perfeccionamiento de la vida en sociedad. En la Suma Teológica (q. 96, par I-II) afirma: “no hay ninguna virtud cuyos actos no sean mediata o inmediatamente ordenables al bien común”.

     Para Tomás de Aquino, el Estado es “esa parte del cuerpo político cuyo peculiar objeto es mantener la ley, promover la prosperidad común y el orden público y administrar los asuntos públicos” (Maritain, 1989). A diferencia de la concepción moderna del Estado que lo ve como instrumento, la visión tomista resalta que el Estado es la parte superior del cuerpo social, y que su misma existencia tiene como razón de ser la búsqueda del bien común que está inscrita en el ser mismo de la persona.

     Se hace patente que la visión tomista es de índole sistémica, en tanto que afirma que la primacía del Estado como cúspide la sociedad es relativa, en tanto que estructura el modo de estar en el mundo de la persona, pero la persona también estructura al Estado por medio de sus acciones. Esto lo rescata Antonino Espinosa Laña en el Ideario del Partido Popular Cristiano, donde postula que el bien común tiene dos dimensiones, una de socialización que busca la integración social y la fraternidad, y otra de personalización, que se centra en el desarrollo de las potencialidades de la persona.

     Es interesante ver como, a diferencia de la vasta doctrina moderna y contemporánea en filosofía del derecho y en filosofía política que ven al hombre como un ser que es lobo para el hombre, en el pensamiento tomista el bien del individuo se identifica con el bien común político.

2.3. La Iglesia y el Estado en la Edad Media

     Intentar emprender un estudio detallado de la relación de la Iglesia y Estado en toda la Edad Media, excede los fines de este trabajo, por lo cual, haré una breve reseña de los hitos principales que signaron esta relación, hasta llegar a los albores del Renacimiento y el racionalismo.

     "La génesis de un poder soberano, independiente de todo principio extraño a su propia autoridad, se debe buscar en la lucha por la supremacía entre el poder religioso y el secular, un campo de   disputa rico en elementos de transformación de la relación entre lo sagrado y lo político" (Bayona,    2009, p.11)

     Como se puede ver, Bayona, en su libro El origen del Estado laico desde la Edad Media (2009), afirma que la historia de la Edad Media transita en medio de un conflicto de poder. Esto sucede básicamente por la ambición de poseer el control que tienen tanto los Papas y obispos como los príncipes, reyes y gobernantes en general. Es importante señalar que la historia misma está signada por una constante interrelación entre la religión y el poder político, lo cual se puede ver en culturas como la brahmánica hindú, el islam y su ley, y en la misma ley judaica. Esta tensión existente entre Estado y religión se debe a la gran influencia que tienen los principios teológicos en las comunidades que conforman una sociedad.

     La Alta Edad Media, se caracterizó por una relación de supremacía de la Iglesia, donde en parte los reyes y príncipes eran legitimados por el Papa, y los tribunales eclesiásticos ejercían un gran poder en la vida cotidiana de las naciones. Esta etapa, es también de gran riqueza en cuanto a la teoría política y legal, puesto que configura la idea de ley natural que hasta nuestros días se tiene en el pensamiento socialcristiano, que como se verá más adelante, difiere de la concepción de la ley natural que nos legó el racionalismo, y que en parte es la causante de la mayoría de críticas que se le hacen a la ley natural.

     Un hito importante a mencionar, es que Santo Tomás, en su Comentario a la Política de Aristóteles hace una crítica al poder supuestamente divino de los reyes, mencionando que el deber del soberano es actuar acorde al bien común de la comunidad política que gobierna. Durante esta etapa, hubo muchos conflictos, como el de Padua (Bayona, 2009), que tenían como centro la exención que tenía la Iglesia de pagar impuestos y de su no sometimiento a las leyes del legislador humano (como se refería Juan XXII a aquellos que dictaban las leyes en un Estado). La implantación de la inquisición, o las mismas faltas de reconocimiento del poder jurisdiccional llevaron a que incluso San Luis Rey de Francia considerara un abuso que la Iglesia no recociera las sentencias dadas por su tribunal cuando estas no concordaban con los intereses de Roma. 

     Este conflicto, aunado con la decadencia intelectual voluntarista que tuvo como principales expositores a Duns Scoto y Ockam (Gilson, 1989), llevó a una crisis que rompió el status quo que se vivía hasta ese entonces. Ockam, quien vivió en el S. XIV, al cuestionar la validez racional de los conceptos teológicos, separa la fe y la razón, de tal modo que da pie a la consideración de que en nada tienen que ver los temas del gobierno temporal con el espiritual. En cierto modo, es el nominalismo de Ockam el que se puede constituir en un precursor filosófico del positivismo, tanto en torno al derecho como en las ciencias.

2.4. El renacimiento y el racionalismo: La importancia de la Revolución Francesa

     Al final de la Edad Media, la situación religiosa se había vuelto problemática. Es por esto que, desde Maquiavelo hasta Hobbes, se busca teorizar sobre el Estado con absoluta independencia de los clásicos. En cierto modo, lo que caracteriza, incluso hasta nuestros días, la filosofía del derecho es el rechazo a todo aquello que no sea absolutamente racional y rechazo a la intromisión de lo religioso. Esta actitud, se puede ver plasmada en la concepción de Hobbes del homo homini lupus.

     Hobbes instaura una suerte de endiosamiento del Estado y una visión negativa de la naturaleza humana, encontrando la razón de ser de la autoridad en el egoísmo intrínseco del ser humano. Esto es diametralmente opuesto a la visión tomista expuesta líneas arriba. En este punto sería interesante mencionar lo dicho por Unamuno al inicio del Sentimiento trágico de la vida: “Homo sum nullum hominem a me alienum puto” (1985), que significa hombre soy, y a ningún hombre estimo extraño. Es decir, que la persona humana en cuanto tal está ordenada al ser de los otros. No se puede pensar al yo sin el tú (Buber, 2006).

     El pensamiento racionalista, que buscaba su razón de ser en la sola razón, dejando de lado de manera consciente la fe, llevó a una consideración primero de un Estado autoritario, donde el gobernante era una suerte de Dios que, en base a un contrato implícito del cuerpo social, regía la vida de los súbditos o ciudadanos. Esto después se decantó en las ideas de Montesquieu y Rosseau sobre la necesidad que había de establecer mecanismos de control para el poder temporal, y el mismo racionalismo, que la historia de la filosofía ha demostrado que siempre se transforma en historicismo, derivó en teorías del Derecho como la de Savigny ya entrada la Edad Moderna.

     Teniendo todos estos antecedentes, se va gestando una insurrección al antiguo régimen, que en realidad ya a partir del siglo XV, es más una versión extremada del poder absoluto del poder de los reyes y príncipes derivada de la crisis de la Edad Media. La visión antropocéntrica deriva en una conciencia cada vez mayor de las necesidades del pueblo de autogobernarse, y las arbitrariedades del poder absoluto de los monarcas de los siglos XV hasta el XVIII llevan a lo que Maquiavelo tantas veces advirtió, el peligro de que los súbditos estén descontentos con su gobierno.

     Siendo así las cosas, y la crisis de la clase política francesa, acontece la Revolución Francesa en 1789. Es la primera vez que la visión racionalista y liberal adquiere una realidad política, y que es potenciada por el papel difusor que tuvo posteriormente Napoleón (es por esto que se llama la abeja de la revolución). Ante esto, y con una visión geométrica y rígida de la ley natural, se establece un impulso codificador, que pretende establecer principios universales para la vida en sociedad.
Los así llamados derechos del hombre y el código napoleónico son propios de esta visión racionalista. Aquí existe una gran diferencia con la visión de la ley natural del pensamiento tomista y de origen cristiano (Cruz, 2009), ya que para Tomás la ley natural está ordenada al bien común, y, por ende, está ordenada a la mejora de la circunstancia social de una comunidad política determinada, donde la razón es capaz de descubrir lo mejor para desplegarse en dicha sociedad.

     No se puede negar la importancia que ha tenido la Revolución Francesa en la sociedad, y cómo esta ha signado la relación de la religión con el Estado, siendo lo más positivo, la necesaria evolución en una sociedad consensualista, que, si bien trae como peligro la llamada dictadura del relativismo actual, se constituye en un medio para desarrollar de modo adecuado una vida política caracterizada por la tolerancia y una mayor libertad.

3.    La Relación Iglesia-Estado en el Siglo XXI

     El proceso de secularización que ha comenzado con el Renacimiento hasta entrados nuestros días, consiste en un mayor alejamiento de la esfera religiosa de la política. Ahora bien, esta secularización ha llegado a extremos de querer llevar al ostracismo la religión de la vida pública. Sobre esto, Habermas refiere que las personas, si son religiosas, deben tener el mismo derecho de expresarse religiosamente, ya que la base de un Estado democrático es el consensualismo.

     Es interesante en este punto mencionar que un Estado que pretende denominarse laico no puede, por definición, tener como centro de su actuación la religión. Y los movimientos extremistas que pretenden desarrollar un ostracismo de todo lo religioso, en el fondo son confesionalmente ateos. “El individualismo liberal, que hace del individuo el destinatario y la razón de ser del Estado instrumental, busca una definición del individuo (…) que permita derivar, a partir de ella, cómo ha de ser y cómo ha de actuar ese instrumento que es el Estado” (Cruz, 2009, p. 27).

3.1. La Iglesia en el mundo occidental

     Ha habido un deterioro -in crescendo- de la relación Iglesia-Estado. Se ha llegado a puntos de enfrentamiento, donde incluso en países como Francia, se prohíben muestras explícitas de fe religiosa en el ámbito público. La contradicción propia del liberalismo laicista es que por un lado se proclama la tolerancia, pero por el otro, se busca imponer un pensamiento único, donde no sólo se persigue al que piensa distinto, sino que también, se busca imponer una dictadura del relativismo cultural, que ya en Europa está causando estragos, y uno de sus efectos es la creciente islamización, que es un efecto natural de una sociedad que ha renunciado a cualquier fundamentación de sus valores y principios.

3.    Conclusión

Como se ha visto a lo largo del ensayo, la relación entre el Estado y la Iglesia ha sido conflictiva, pero este conflicto ha derivado en una mutua compenetración que ha beneficiado a ambos, y también se ha podido ver que la crisis de una se convierte en la crisis de la otra. En parte, se podría decir que la islamización es justamente el efecto del nihilismo que se ha instaurado en occidente, ya que se ha renunciado a lo bueno que tenía el racionalismo, que era buscar principios inamovibles para la acción, y se ha abrazado un relativismo cultural, que sin mayor sustento, pretende gobernar la existencia en sociedad.

Referencias

Arendt, H. (1997). ¿Qué es la política? Barcelona: Paidos.
Bayona, B. (2009). El origen del Estado laico desde la Edad Media. Madrid: Editorial Tecnos.
Buber, M. (2006). Yo y tú. Buenos Aires: Lilmod.
Espinoza, A. (2013). Siembra, convicción y peripecia: El socialcristianismo en el Perú. Lima: Fondo Editorial del Congreso del Perú.
Fernández, C. (2000). ¿Qué es ser “persona” para el Derecho? Derecho PUC(53), 373-422.
Gilson, É. (1989). La filosofía en la Edad Media. Madrid: Gredos.
Marías, J. (2001). Historia de la filosofía. Madrid: Alianza Editorial.
Maritain, J. (1997). El hombre y el Estado. Madrid: Ediciones Encuentro.
Unamuno, M. (1985). Del sentimiento trágico de la vida. Madrid: Altamira.